martes, 5 de mayo de 2015

Instalaciones Eléctricas.

12. Instalación eléctrica 
1.-La instalación eléctrica de los lugares de trabajo deberá ajustarse a lo dispuesto en su normativa específica.En todo caso, y a salvo de disposiciones específicas de la normativa citada, dicha instalación deberá satisfacer las condiciones que se señalan en los siguientes puntos de este apartado.
2.-La instalación eléctrica no deberá entrañar riesgos de incendio o explosión. Los trabajadores deberán estar debidamente protegidos contra los riesgos de accidente causados por contactos directos indirectos.
3.-La instalación eléctrica y los dispositivos de protección deberán tener en cuenta la tensión, los factores externos condicionantes y la competencia de las personas que tengan acceso a partes de la instalación.

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