martes, 28 de abril de 2015

Disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo con pantallas de visualización

DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN   EL TRABAJO CON PANTALLAS  DE VISUALIZACIÓN.


¿QUÉ REGULA?
-Disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo con pantallas de visualización.


¿DE CUANTOS ARTÍCULOS CONSTA?
    - Consta de un total de 6 artículos


RESUMEN
-Prevención de Riesgos Laborales, determina el cuerpo básico de garantías y responsabilidades preciso para establecer un adecuado nivel de protección de la salud de los trabajadores frente a los riesgos derivados de las condiciones de trabajo, en el marco de una política coherente, coordinada y eficaz. Según el artículo 6 de la misma serán las normas reglamentarias las que irán fijando y concretando los aspectos más técnicos de las medidas preventivas.
Así, son las normas de desarrollo reglamentario las que deben fijar las medidas mínimas que deben adoptarse para la adecuada protección de los trabajadores. Entre ellas se encuentran las destinadas a garantizar que de la utilización de los equipos que incluyen pantallas de visualización por los trabajadores no se deriven riesgos para la seguridad y salud de los mismos.En el mismo sentido hay que tener en cuenta que en el ámbito de la Unión Europea se han fijado mediante las correspondientes Directivas criterios de carácter general sobre las acciones en materia de seguridad y salud en los centros de trabajo, así como criterios específicos referidos a medidas de protección contra accidentes y situaciones de riesgo.
 

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